La Audiencia Nacional ha señalado que la petición de los sindicatos no es aplicable a los trabajadores del sector, dado que su convenio colectivo contabiliza sus días de vacaciones en jornadas naturales y no en jornadas naturales. "Los días naturales comprenden tanto los que existe obligación de prestar servicio como aquellos en los que no, esto es, lo que afectan a fin de semana o festivo", reza la sentencia, que también hace acopio de argumentos ya esgrimidos en su momento por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.