Muchas demandas se formulan buscando la nulidad automática cuando la decisión extintiva coincide con un proceso de IT. Pero los tribunales están delimitando los contornos de la protección antidiscriminatoria por enfermedad. Una sentencia del TSJPV recuerda que la nulidad por IT no es automática. Se necesita la existencia de la enfermedad y unos indicios sólidos de que la enfermedad motivó el despido. La enseñanza que deja esta sentencia es clara: la IT ofrece una protección reforzada, sí, pero no convierte automáticamente cualquier despido en sospechoso. Esa protección exige siempre una base indiciaria real, no meras coincidencias temporales.