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Este anuncio ha desatado un debate especialmente sensible en aquellos territorios, como la Región de Murcia, donde actualmente se aplica una bonificación del 99% para familiares directos. La medida, aún en fase de estudio, pretende reducir las grandes disparidades entre territorios. Al margen de la posición política, también desde el ámbito jurídico hay voces que advierten de los problemas del sistema actual, que consideran que el desequilibrio entre comunidades “es excesivo” y que no puede justificarse desde el principio de equidad. “La existencia de 19 regímenes distintos genera confusión y desconfianza. La seguridad jurídica se ve claramente afectada”, advierten los expertos.

Data publicació: 5/13/2025

El TJUE, en su sentencia del 13 de junio de 2024, determinó que la indemnización que fija la Ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público es inadecuada porque solo compensa a aquellos interinos que no superaron las pruebas para lograr plaza fija. "A diferencia de lo que muchos trabajadores públicos creen, el hecho de haber superado un proceso selectivo no extingue la posibilidad de reclamar una indemnización por el abuso de temporalidad previo. La sentencia europea no impone límites temporales respecto a cuándo se consolidó la plaza, por lo que el plazo de prescripción de un año comenzaría a contar desde la fecha de la sentencia: junio de 2024”, dicen los expertos. "Esto significa que el próximo 13 de junio de 2025 expira la posibilidad de reclamar para quienes aún no hayan interrumpido el plazo con una reclamación previa", añaden.

Data publicació: 5/8/2025

El TS se pronuncia sobre la prohibición de compensar deudas una vez declarado el concurso: no se aplica a las cantidades posteriores a la declaración de concurso que surgen de un contrato de tracto sucesivo. El magistrado ponente argumenta que en estos casos no se trata de una "compensación" propiamente dicha en el sentido del artículo 58 de la LC, sino de un "mecanismo de liquidación de créditos y deudas surgidas de una misma relación contractual", que no está afectado por dicha prohibición. Este mecanismo de liquidación contractual no se ve afectado por la prohibición del artículo 58 de la LC, incluso si el contrato no se ha resuelto formalmente, especialmente en contratos de tracto sucesivo, donde las obligaciones reclamadas corresponden al mismo periodo de tiempo.

Data publicació: 5/6/2025

El tribunal, en dos sentencias de este miércoles, se ha mostrado más claro que nunca respecto a esta comisión y señala que la cláusula es transparente y, por tanto, no abusiva, aunque las entidades no desglosen en los contratos a qué servicios corresponde el pago, el detalle de la facturación o el coste por horas. Para la justicia europea, da igual que la comisión se calcule mediante un precio fijo o mediante un porcentaje sobre el crédito concedido, siempre que su importe no es desproporcionado frente al precio medio al que se comercializa esta comisión por el resto de entidades que reflejan las estadísticas bancarias.

Data publicació: 5/2/2025
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